Subvenciones para Teletrabajo y Emprendimiento Digital en Extremadura
Subvenciones dirigidas a la adopción de teletrabajo y al fomento del emprendimiento digital en el ámbito empresarial de Extremadura.
Objetivo de la subvención:
El objetivo principal de estas subvenciones es apoyar la continuidad de las actividades empresariales y la preservación del empleo, buscando mitigar los efectos sociales y económicos derivados de la crisis de la COVID-19.
Los solicitantes elegibles para estas ayudas incluyen autónomos o equivalentes y pequeñas y medianas empresas (PYMES) de Extremadura que tengan hasta 50 empleados en el momento de la solicitud.
Asimismo, pueden optar a estas ayudas agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otra forma de unidad económica o patrimonio separado, debiendo especificarse en la solicitud y en la resolución de concesión los compromisos de ejecución y la distribución de la subvención entre los miembros, quienes serán considerados beneficiarios a todos los efectos.
Estas agrupaciones deberán designar un representante o apoderado único con facultades suficientes para cumplir las obligaciones del beneficiario, no pudiéndose disolver hasta que transcurra el período de prescripción establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En concreto, se permitirá que las uniones temporales de empresas (UTE) puedan ser beneficiarias, siempre que estén constituidas en el momento de solicitar la ayuda y no se disuelvan hasta que finalice el plazo de obligaciones derivadas de la subvención.
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